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lunes, 18 de octubre de 2021

«"La" barra de la abogacía»: lenguaje incluyente y derecho



En mi colegio de abogados se mueve una iniciativa su nombre para visibilizar a mis colegas. De «Barra Mexicana Colegio de Abogados» a «Barra Mexicana Colegio de la Abogacía». Un paso para visibilizarlas: Pero, «¿hace falta algo así si ya forman parte de ella y de sus estructuras directivas? Ya se menciona a la Barra Mexicana, ¿qué no?». Ellas no merecen una objeción así de barata. No. 

(1) No es posible pensar sin lenguaje, sin sus palabras ni su estructura. Pregúntenle a Wittgenstein. Esto lo vemos cuando al oír una canción decimos: «sí, eso es lo que me pasaba, hasta que tuve estas letras reconocí esa inquietud». 

(2) En inglés, los objetos inanimados o animales se designan en neutro, algo que no sucede en castellano o el alemán. Así por ejemplo, en inglés el sustantivo key es neutro en su género pero en castellano decimos la llave, y en alemán schlüssel (masculino). Algo similar sucede con bridge que en español se trata de el puente; y en alemán, brücke (femenino). 

(3) En castellano, a veces el género se incorpora a la palabra para designar al sujeto -como señor-señora, o abogado-abogada-; en otras, sirve para distinguir dos cosas distintas como leño-leña, manzano-manzana... derecho-derecha. Por último, algunas palabras solo admiten un único género, como teléfono... o justicia.

¿Cambia nuestra percepción de un objeto inanimado, un animal o una acción si se le asigna un género masculino o femenino? ¿Con qué sustantivo se asocian estas dos objetos o valores sin género: justicia y derecho? La justicia suele describirse como equidad, armonía, afinada, concordia; y le corresponden acciones como cuidar, celebrar, proteger y defender. El derecho se asocia con orden, estabilidad, fuerza, fundamento, rectilíneo, persistencia; y se le relaciona con acciones como construir, habilitar, diseñar. ¿Estamos condicionados por los sesgos de nuestro idioma? Evidentemente. ¿Esa limitación nos inclina a vincular una realidad con su asociación de género? Sin duda. ¿Y a tratarla como lo hacemos con el resto de cosas femeninas o masculinas? Claro. Esto Algunos estudios sobre este problema pueden verse aquí, o aquí, o aquí, o aquí, o aquí, o aquí, o aquí, o aquíaquí)  

Pero, como decía Nietzsche, no podemos deshacernos de Dios (de la racionalidad) mientras no podamos liberarnos de la gramática (de su estructura  condicionante). El lenguaje inclusivo no es la panacea, ni puede moldear el lenguaje a su gusto sin volverse incomprensible. Por eso no se trata de decir que una mujer que tararea sea una cantanta; pero sí quizá de elegir alternativas como presidenta y abogada cuando sea posible. O tal vez incorporar opciones gramaticales neutras que visibilicen ese sesgo, como abogacía. O si cuando se utiliza el lenguaje con su género  se reconozca un condicionamiento en el lenguaje, el pensamiento y de la acción. 

Ahora, una confesión. Saqué la idea de este texto que es lo que más me ha gustado de este tema. Se trata de un trabajo de Sol Minoldo y Juan Cruz Balian: La lengua degeneradaHacia el final dicen:

«la lengua es maleable y que apoyar o rechazar un uso disruptivo, que tiene por objeto reclamar derechos larga e injustamente negados, es una decisión política, no lingüística. Que si se busca un mundo más igualitario, la lengua no es una clave mágica para conseguirlo, pero tampoco se lo puede negar como espacio de disputa».

sábado, 9 de septiembre de 2017

La comida del Costco: una clave para la interpretación jurídica


Lo propio del jurista es ajustar las reivindicaciones de las partescon la inherencia de las cosas, con la dignidad de las personas. El argumento que construye implica un ejercicio de interpretación. Aquí va un ejemplo de una parte de ese proceso de elección y valoración. En Hawaii unos policías catean sin orden judicial la camioneta de unos sospechosos. La autoridad alega que tenían motivos razonables para hacerlo. La mayoría del tribunal de alzada piensa que sí. 

En una conversación interceptada por la policía, los acusados Penitani y Faagai se citan en un Costco para comprar comida. Para la policía –y la mayoría de los magistrados- era raro que la reunión  se pactara en una tienda a 32 kms, y no en una más cercana, a 8kms. Había indicios que por «comida» los acusados entendían  «droga» y por eso se justificaba el registro. Pero en su voto disidente, al magistrado Kozinski le parece sorprendente algo de sentido común y experiencia cotidiana: la comida del Costco:
«Many people go to Costco to buy food. If talking about shopping for food at Costco were sufficient to justify a search, many of us would be searched by the police twice a week—thrice right before Thanksgiving».
Pero si iban sólo a comprar alimentos, ¿no es sospechozo que hubieran quedado en un sitio cuatro veces más lejano? Kozinski sugiere que la decisión la podrían haber tomado como lo hacen las mamás. La mía una vez me dijo: «¡Mi'jito! ¡Tráeme sal de Culiacán porque la que compro aquí en Guadalajara no sabe igual. La comida no me queda bien». Dice Kozinski (los corchetes y las negritas son añadidos míos):
«The majority deems it “unlikely that Faagai and John Penitani met at the Kapolei Costco to shop for food” because there was another Costco much closer to downtown Honolulu. But as savvy shoppers know, not all Costcos are the same. For example, the Kapolei location [la lejana] is twenty years newer than its downtown Honolulu counterpart [la cercana], and features a “fresh deli.” [...] These are entirely innocent reasons for preferring the Kapolei store».
¡Claro! «Hay que ir al otro Costco porque ahí sí venden Fresh Deli y está más nueva». ¡Levante la mano quién no a comprado así su despensa! Para Konzinski esta interpretación de los hechos dejaría sin motivos razonables (probable cause) el cateo impugnado. Los acusados se han comportado como haría cualquiera. Por eso, concluye el magistrado disidente:
«I dissent, and I’m off to Costco to buy some food».

lunes, 20 de marzo de 2017

Ubuntu, el derecho y «La Bella y la Bestia»


Ubuntu es un principio ético sudafricano que significa respeto por la humanidad compartida, empatía: el otro que aparece ante mí como un espejo de quién soy en realidad. La mera presencia de otra persona es suficiente obligarme a tratarlo con dignidad. 

Si bien es cierto que Ubuntu es un concepto moral, el derecho no es ajeno a su presencia. En efecto, la Comisión para la Verdad y la Reconciliación logró su cometido al término del apartheid en Sudáfrica porque basó su mandato en la reparación el Ubuntu, no en una justicia que enmascarara venganza. Algo así habría acentuado el espiral de violencia de la que pretendían liberarse. Buscaban una reparación que sanara tanto a la víctima como al victimario: «haz hecho mal, pero yo no me vengaré de tí; procuraré devolverte la humanidad que has perdido con tu injusticia, regalándote un trato digno que no mereces por tus actos, pero que te entrego porque eres persona».

Ahora bien, lo que sucedió con Ubuntu no es una experiencia aislada. La encontramos de alguna manera, como la base moral de innumerables experiencias jurídicas: en el ius gentium del derecho romano antiguo; en la humanitas con la que Francisco de Vitoria defendió a los indígenas en el s. XVI; en la fraternidad de los documentos ilustrados del s. XVIII; en el concepto empatía incorporado a la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

Y si aparece en el derecho como experiencia humana fundamental, en los cuentos para niños se presenta con nitidez. En un capítulo de su libro Ortodoxia, Chésterton explica la filosofía moral de los cuentos infantiles le parecía más coherente que algunos sofisticados sistemas filosóficos. Escribe: 
«aquí me ocupo en demostrar que la ética y la filosofía vienen, alimentándose uno con cuentos de hadas. Si me ocupara de ellos detalladamente podría mencionar muchos nobles y saludables principios que se recogen en ellos: [por ejemplo] encontramos una gran lección en La Bella y la Bestia, según la cual alguien debe ser amado, incluso antes de ser amable (Ortodoxia, Capítulo 4. La ética en el país de los elfos)». 
En otras palabras si quisiéramos encontrar los motivos por el cual vale la pena amar a alguien, primero hemos de quererlo. Sólo después de tratarlo como alguien que merece ser amado, la bestia puede dejar de comportarse como animal. Las madres son especialistas en esta experiencia: primero nos aman, antes de conocernos, incluso sin haber visto nuestro rostro. Y una vez que nos regalan esa mirada de incondicionalidad, entonces nosotros somos capaces de darnos cuenta que valemos la pena, y que nuestros actos deben ser fiel a esa mirada, hemos de honrar esa dignidad que nuestras madres  veían en nosotros. La bestia sólo se convierte en príncipe, si primero se le trata como alguien amable, como alguien a quien vale la pena querer.

Como ven, esta lección de los cuentos infantiles no es ajena a la misión civilizadora de la experiencia jurídica. Ubuntu, Mandela y Desmond Tutu, son un ejemplo más de esta conexión.

PD. Un saludo a Gaby y a Andrea, de las que he aprendido lo elemental del Ubuntu y de la TRC



sábado, 10 de diciembre de 2016

A rare copy of the Universal Declaration



(For English, after the in Spanish text)

Encontré este borrador de la Declaración Universal. Es el penúltimo borrador sobre el que Charles Malik (Líbano) tuvo cuidado de (i) anotar las correcciones que sobre ese texto hicieran durante la elaboración del último borrador (ii) los votos que generó -a favor, en contra, abstenciones- y (iii) pedir a sus colegas que la firmaran. 

En sí mismo, no tiene valor jurídico alguno; pues el texto que vemos después fue aprobación por el pleno de la Asamblea General el 10 de diciembre. Pero no podemos dejar de agradecer a Charles Malik (Líbano) el cuidado que tuvo en pedir a sus colegas que firmaran su copia. Ahí están las firmas de los redactores nucleares: Eleanor Roosevelt, P.C. Chang, René Cassin, John Humphrey, Hernán Santa Cruz, y el resto de sus colegas de la Tercera Comisión de la Asamblea General.

Hasta donde sé, es la única Declaración con estas características. ¿Ya viste la firma del mexicano?

The Universal Declaration of Human Rights signed by its drafters texto lo encontré en los Charles MAlik's Papers, Library of the Congress, Manuscript Division, Box 78, Folder, 8. En pdf se puede bajar aquí 


I found this draft of the Universal Declaration of Human Rights.  It is the penultimate draft, on which Charles Malik (Lebanese) took care to (i) annotate the corrections which were done on it during the preparation of the last draft, (ii) annotate the votes on every single article – in favor, against, or abstain – and (iii) ask his colleagues to sign. In itself, it has no juridical value; the text which we see afterwards was approved in the plenary session of the Assembly General on December 10.  But we cannot stop being grateful to Charles Malik (Lebanese) for the care he took in asking his colleagues to sign his copy.  On it are the signatures of the nuclear drafters: Eleanor Roosevelt, PC Chang, Rene Cassin, John Humphrey, Hernan Santa Cruz, Pavlov, and the rest of their colleagues in the Third Commission of the Assembly General.  I found this «Universal Declaration of Human Rights signed by its drafters» at Charles MAlik's Papers, Library of the Congress, Manuscript Division, Box 78, Folder, 8. Here, you can download a pdf version 

Gracias a Cristina Montes por su ayuda en la traducción









martes, 4 de octubre de 2016

La defensa


Sé que en el blog, una entrada vale más si es breve. Pero en esta ocasión, transcribo lo que leí en la defensa de mi tesis

CON LA VENIA DEL TRIBUNAL 

Dividiré esta defensa en cuatro secciones: el porqué de la elección  del tema; la metodología empleada y la estructura de la misma; las conclusiones; y por último, los agradecimientos.

I. La razón de la elección del tema

En el verano de 2002 comencé a traducir al castellano el libro de Mary Ann Glendon, A World Made New, un proyecto que se extendió hasta el 2011. Ese mismo año publiqué un libro de texto universitario sobre derechos humanos, que escribí en coautoría con el Profesor Hugo Ramírez. Estos proyectos académicos me exigieron estudiar los fundamentos filosóficos de los derechos humanos, el proceso de redacción de la Declaración, y conectar ambos, tanto con los mecanismos técnicos de defensa de estos derechos, como con los problemas de adjudicación y las tensiones respecto a su universalidad. Tales problemas debían, además, ser expuestos de forma sintética y lo más clara posible, como para servir como texto pedagógico. Ese mismo año, además, comencé mis estudios doctorales. 

Esta casualidad temporal, la convergencia intelectual en la que me encontraba y el asesoramiento de la profesora Aparisi, me inclinaron a enfrentar el problema de la fundamentación de la Declaracion Universal de Derechos Humanos en la investigación doctoral. Sin embargo, parecía que había muy poco qué aportar sobre esa cuestión. Por una parte, es un lugar común, apuntar a las ideas de Jacques Maritain como una de las influencias más importantes en relación al fundamento de los derechos humanos en la Declaración Universal. De ese modo podría parecer ocioso dedicar una tesis doctoral a un problema ya resuelto. Pero, me había dado cuenta que en los últimos años, se habían publicado estudios histórico-filosóficos sobre la redacción de la Declaración.  También, que habían visto la luz biografías, memorias y artículos científicos sobre los miembros del núcleo redactor del texto. Con este nuevo material, era posible revisar e investigar nuevas perspectivas, quizás más precisas sobre problema de la fundamentación de los derechos humanos en este importante documento. Además, podría validarse o no la conclusión a la que llegan importantes académicos, en la que sostienen que los redactores lograron su cometido porque evitaron incorporar en la Declaración cualquier afirmación sobre su fundamento.

Para entonces, había conocido que la Declaración había sido redactada por cientos de personas. Se aconsejaba por tanto dos modos de acercarse al problema: por una parte seguir la guía de uno de los redactores, o de algún filósofo que hubiera ofrecido ya un argumento de fundamentación que estuviera disponible para los redactores. Y, por el otro, reconocer el significado básico de los conceptos implícitos en los acuerdos prácticos logrados.

En la tesis, se utilizarían ambos caminos para resolver tres preguntas íntimamente relacionadas entre sí. Primera, ¿por qué tenemos derechos y podemos exigir su respeto? Es decir, ¿por qué habría motivos racionales para suponer que un miembro de la especie humana se vincularía éticamente a respetar lo que llamamos derechos humanos de otro ser como él? 

Segunda, ¿cómo se explicaban los redactores que, aún careciendo de una base iusfilosófica compartida, fuera posible esperar y lograr, acuerdos con vistas a la acción común? En otras palabras, si de nuestro modo de conocer, se sigue el actuar, ¿cómo justificar el acuerdo en unos comportamientos calificados como esencialmente humanos y universales, si cada uno de los participantes partía de presupuestos teóricos distintos? 

Y tercera pregunta, a pesar de haber logrado un convenio práctico, ¿cuál es el dinamismo ético que se desata cuando los que perciben las exigencias para la acción, intentan fundamentarlas filosóficamente? Y por el contrario, ¿qué sucede con esos derechos y los acuerdos prácticos que los manifiestan, cuando se abandona el esfuerzo de su justificación teórica definitiva por quien se ha comprometido a respetarlos?

II. Metodología y estructura.

Decidimos, en el primer capítulo, hacer un recuento del proceso de redacción de la Declaración Universal; no sólo para ofrecer un contexto en el que fuera posible colocar los argumentos de los redactores; sino, principalmente, para reconocer en qué medida el tipo de documento que pretendían componer, condicionó, o mejor dicho, delineó, las categorías conceptuales de la Declaración.

Después, comenzamos nuestra reflexión sobre las personas que nos ayudarían a aproximarnos la fundamentación de los derechos humanos en la Declaración Universal. Nos pareció importante acudir a Jacques Maritain, quien había publicado en 1942, un tratado sobre los derechos humanos en el que podrían haber encontrado inspiración varios de los redactores nucleares del texto: como podrían haber sido Hernán Santa Cruz –un demócrata cristiano chileno-, o el filipino Cárlos Rómulo, o el francés René Cassin. 

Por eso, el segundo capítulo lo dedicamos a recuperar el argumento de fundamentación de los derechos humanos según Jacques Maritain. Nos interesaba tanto su descripción de los fundamentos de los derechos humanos, como encontrar en las nuevas biografías y memorias de los redactores –Cassin, Humphrey, Malik, Roosevelt, etc-, los posibles caminos intelectuales en los que pudo haber llegado a la composición del texto esas ideas. Para lograrlo, entre otras cosas, acudimos al Jacques Maritain Center de la Universidad de Notre Dame.

El tercer capítulo fue dedicado a Charles Malik. Este diplomático reunía cinco características que lo distinguían del resto de los redactores: fue el único delegado que era miembro eminente de los distintos organismos de Naciones Unidas que intervinieron tanto en la composición como en la aprobación de la Declaración. Segundo, era filósofo de profesión, preparado por su oficio y predispuesto intelectualmente, para reconocer las ideas implícitas en los argumentos que se iban presentando. Tercero, era docente. Por ello, encontramos en sus exposiciones un hilo argumentativo conductor propio del maestro que intenta conseguir la adhesión de quien lo escucha. Cuarto, era capaz de armonizar muchas posturas, en apariencia contradictorias entre sí. Por último, el quinto, la eventual conexión intelectual entre Malik y Maritain, que haría reconocible un argumento más estructurado al momento de la redacción de la Declaraión. En la elaboración de este capítulo recibí la ayuda de la Biblioteca de la American University of Beirut. En este capítulo hilamos la posición intelectual del docente, con las habilidades del diplomático que incorporó a la Declaración Universal referencias a la dignidad del ser humano como dato ontológico, la confianza en la razón, la conciencia como manifestación de la dignidad, el valor de las comunidades intermedias, etc.

En el cuarto capítulo, reconstruimos el argumento de fundamentación de los redactores a partir de la composición de los artículos y fórmulas que contienen esas afirmaciones filosóficas. Ahora se trataba de ofrecer la perspectiva de los redactores en general, no tanto de un único personaje. Para eso, acudimos a los borradores y a los debates que generaron, para descubrir el significado de las fórmulas acordadas.

Por último, en el quinto capítulo, enfrentamos estos hallazgos con las conclusiones académicas con las que se suele interpretar la Declaración.

Me gustaría señalar que este trabajo se compuso principalmente en la biblioteca de la Universidad de Navarra y en la del campus Guadalajara de la Universidad Panamericana. 

III. Hallazgos y conclusiones.

A continuación presento algunas de las conclusiones de este trabajo, sintetizadas en ocho puntos:

1. A pesar de que los redactores evitaron partir de comprensiones filosóficas comunes definitivas, y dado que los acuerdos prácticos sólo son inteligibles desde el significado común de lo que implican los términos del convenio; sí es posible afirmar que existe una visión de la persona y su vida en sociedad que constituye la fundamentación implícita sobre la que se construye toda la DUDH. Esto es evidente en el contenido del primer párrafo del Preámbulo, y en los artículos 1, 29(1), 16(3), 18, y 26(3). Ahí, los delegados sí hicieron referencia a la existencia de una naturaleza humana común, que goza de una dignidad intrínseca, gracias a la cual se descubren unas exigencias, cuyo cumplimiento hace posible que florezca la vida auténtica de la persona y de sus comunidades. Sin este componente ontológico, los derechos humanos no podrían ser requerimientos indisponibles para Estados, culturas, modas o la ley del más fuerte.

2. La Declaración sostiene que en toda persona inhiere una potencialidad cognitiva innata, que se activa cuando se ponen en juego las exigencias de su dignidad intrínseca. Es entonces cuando se hace inteligible para cada persona que comparte la humanidad común, su deber de implicarse en la plenitud de la vida de los otros. Y es a través de este camino, en el que puede descubrir su propia dignidad. 

3. Además, el conocimiento de los derechos humanos, para la DUDH, no se logra a través de un discurso de tipo racionalista o lógico-deductivo. Se trata, más bien, de un conocimiento ético por empatía, en cierto sentido una intuición estética del valor absoluto de “quien está presente ante mí y es como yo”, cuyos fines están en juego con la propia acción. Por esta vía, al percibir los derechos del otro y los deberes ante él, el sujeto, descubre su propio camino de realización plena, de acuerdo con los requerimientos de su humanidad. Por todo ello, para los redactores de la Declaración, el sujeto de los derechos humanos, no es un individuo que toma conciencia de su propia libertad y la opone a otros; sino una persona, un ser en relación, que hace eficaz la dignidad de su ser, cuando cumple sus deberes y realiza sus derechos. 

4. La Declaración se apoya en el conocimiento básico de experiencia elemental de los seres humanos; por ello, podría afirmarse que se trató de un proyecto iusfilosófico basado en el sentido común. Por eso se alejan de la concepción de la DUDH aquellas doctrinas filosóficas que parten de un individuo aislado, de una especie de átomo de aotonomía, de categorías lógicas comprendidas a priori, de situaciones hipotéticas de total individualidad o de velos de ignorancia.

5. Jacques Maritain, aunque no participó en el proceso directo de la redacción de fórmulas, ni en la votación a favor de los artículos, fue el promotor de un lenguaje, de unas categorías y de un ambiente cultural favorable a los derechos humanos, principalmente entre los círculos católicos su época. Por entonces, ninguna otra tradición había utilizado el lenguaje de los derechos humanos basada en la dignidad como respuesta a la crisis ocasionada por las guerras mundiales. 

6. De entre todos los redactores, el libanés Charles Malik jugó un papel fundamental para que el texto incorporara, del modo en que lo hizo, las referencias y el sentido de las palabras “conciencia”, “razón”, “dignidad”, “comunidad”; o a la composición de las fórmulas que señalan a la familia como “elemento natural”, a los padres con unos derechos “preferentes”, es decir, no disponibles para el Estado, o la intimidad de la conciencia como el lugar donde se juega la autenticidad del ser persona con dignidad. No sabemos qué hubiera pasado con la DUDH sin los esfuerzos del libanés, ni tampoco pretendemos sostener que él fue el único motor de esas incorporaciones. Únicamente concluimos que Malik supo explicar, proponer y defender esas características como intrínsecas al ser humano personal, que permiten afirmar el carácter no puesto, otorgado o regalado por la autoridad, de unas exigencias de la existencia auténticamente humana.

7. Ahora bien, para Malik y Maritain, no sólo era importante el que los derechos humanos estuvieran fundamentados, sino que también era necesario explicar por qué unos acuerdos prácticos sobre exigencias fundamentales de la dignidad de todo ser humano, pueden lograrse a pesar de partir de concepciones filosóficas contrapuestas. Para el libanés, las afirmaciones prácticas formaban parte del esfuerzo moral de cada persona, por situarse –desde su conciencia formada en una tradición- ante la verdad. Es decir, para él, toda concepción filosófica no es sólo una elucubración intelectual aséptica, sino un esfuerzo moral por comprometerse ante la verdad. En este sentido, el acuerdo sobre la vida concreta y auténticamente humana, era posible porque, a pesar de partir de posiciones teóricas dispares, la diferencia se originaba en el punto desde el que se observaba la verdad y la dignidad. De ahí que, para Malik, fuera fundamental el ejercicio de colocarse a los pies de los de los grandes maestros, o el esfuerzo por el dialogo intercultural, para aprender a descubrir desde esa posición, la realidad que ellos habían captado.

8. Malik y Maritain se alimentaron de la tradición tomista de la ley natural. De modo que, si estos dos autores delinearon la fundamentación de la Declaración, –el francés de forma indirecta, el libanés, de manera inmediata- puede decirse que las ideas del de Aquino están presentes de forma importante en la concepción iusfilosófica de la DUDH. Pero no tanto como una escuela de pensamiento elegida entre otras, sino, más bien, como una forma de edificar su argumento desde la experiencia moral elemental de los bienes humanos básicos que se ponen en juego con la acción común y que realizan la dignidad. Por ello, precisamente, los redactores se acercaron tanto al realismo jurídico clásico: no para partir de los argumentos elaborados en el seno de una tradición filosófica; sino que desde la experiencia cotidiana, explicar el dinamismo moral implícito que terminó incorporándose en la Declaración.

IV. Agradecimientos

Para terminar, me gustaría agradecer a los miembros del tribunal, la lectura y observaciones a este trabajo. A la Universidad de Navarra y a sus profesores -saludo especialmente al profesor Valpuesta-. A la Universidad Panamericana, la oportunidad de llegar a este momento. A mi familia, cuyo apoyo incondicional ha sido fundamental. A todos los presentes, muchos de los cuales me han honrado con su amistad y me han compartido su sonrisa. Una mención especial merece la profesora Ángela Aparisi. Ha sabido abrirme horizontes intelectuales, me ha compartido su experiencia y ha tenido la gentileza de tomarme como aprendiz.

Muchas gracias.

domingo, 8 de mayo de 2016

Audio: «Los derechos humanos de las personas jurídicas»

Las fotos y la composición son del profesor Enrique Regil

Hace unos días se «presentó» este libro de Fernando y Nachi. Aquí está grabada la conferencia. El punto de partida es este: como la persona sólo puede hacer realidad muchos de sus derechos al unirse con otros, ¿es posible que esa persona jurídica, –manifestación de una decisión individual para hacer realidad un bien personal- tenga derechos humanos? ¿Cómo es posible, por ejemplo, hacer realidad el derecho a la educación sin una asociación de personas que llamamos escuela? ¿Y si el Estado obliga a la Escuela a atentar contra su ideario, sólo puede defenderse un padre de familia concreta o la escuela en cuanto tal? Son 11 capítulos donde se estudia el problema desde el punto de vista sustantivo y procesal.

Según he sabido, es el primer libro de Nachi. ¡Felicidades especiales!

Al final de los días de Fernando en la ciudad, ha concluído que si la Universidad no tiene un pub, sigue siendo un kinder.

sábado, 30 de abril de 2016

Decálogo de los derechos de los niños

"Nunca he entendido a la gente que recuerda la infancia como una época idílica" (Bill Watterson sobre esta tira)

Artículo 1. Todo niño tiene derecho a recibir un manazo cuando vaya a meter su mano en el contacto eléctrico.

Artículo 2. Todo niño tiene derecho a comer carne, pollo o pescado, junto a sus verduras. Todas. 

Artículo 3. Todo niño tiene derecho a ser removido tanto de las faldas de su padre, como de las angustias de su madre, de modo que pueda enfrentar las consecuencias naturales de sus actos.

Artículo 4. Todo niño tiene derecho a poseer un aifon, especialmente si sus amigos ya manejan uno, cuando pueda por su trabajo, obtener los recursos que se requieren para pagar el contrato o el crédito.

Artículo 5. Los niños o las niñas, tienen derecho a ser Carmen. Porque #TodosSomosCarmen.

Artículo 6. Todo niño tiene derecho a ser reflejo y medalla de los logros de sus padres. 

Artículo 7. Todo niño tiene derecho preferente a que su mamá abandone los grupos de guasáp de madres del colegio; este derecho no admite excepciones, ni puede derogarse, ni suprimirse.

Artículo 8. Todo niño tiene derecho a no rayar los libros ajenos y, en general, ni los propios (es como lamer una paleta y compartirla). 

Artículo 9. Todo niño tiene derecho a llorar de berrinche hasta cansarse... hasta el silencio. La única excepción es la que determinen los abuelos, disposición que debe ejecutarse inmediatamente.

Artículo 10. Todo niño tiene derecho a:
          a) Tropezar en las piedras que le corresponde y asumir las culpas de las que es responsable. 

          b) Ser acompañados para que su desliz se convierta en resorte que los empuje, y no una piedra que los sepulte.

(En general, durante la niñez, la persona comprende por vez primera que es amado incondicionalmente, y que ella misma está llamada a amar sin medida. Esta experiencia es irreductible al lenguaje de derechos. Describir los bienes de la niñez en lenguaje jurídico,  necesariamente marca cierta distancia entre el beneficiario y el obligado. Es un discurso que distingue y aleja; propio de otro tipo de experiencia, no del amor. No parece que sea razonable introducir al niño en el mundo del amor, lo que le permite reconocer la propia identidad, a través de un discurso de derechos. Muéstrele amor incondicional, hágalo conciente de esa radicalidad y edúquelo para el don y la entrega. El amor absoluto espera reciprocidad pero no la impone)

martes, 5 de abril de 2016

Derecho Humano al matrimonio y a la familia: el acceso y la permanencia


1. Preguntas que están detrás del debate cultural -cada generación enfrenta su propio desafío-. ¿Tenemos hambre de que haya respuesta? ¿Hay respuesta?

a) ¿Hay quien me ame de forma radical? ¿Cómo he de comportarme para honrar ese amor? ¿Cómo integro un amor así a mi biología, a mi cuerpo, a mis afectos, a mi historia, a mi vocación?
b) ¿Cómo relacionarme con otros para no reducirlos a un objeto de consumo?
c) ¿Todavía vale la pena jugársela por amor a otro... para toda la vida?
d) ¿Vale la pena dejar una huella de ese amor en los hijos?
e) ¿Existe un "tu" que sea suficiente para llenar de sentido la vida?
f) ¿Existe «eros» sin «ágape»? ¿Vale la pena el «ágape» sin «eros»? Stein: El amor hace fecundo al dolor; pero es el dolor el que hace profundo al amor
g) ¿Cuál es el "mundo real": máquinas útiles para un despacho que me entregan su vida a cambio de que les pague dinero y les dé fama... (entre los colegas) ¿Dónde se hace más real la vida real de una persona?

2. La familia como respuesta a esas preguntas
-¿Qué aporta la familia a la persona? Origen, sentido, significado, identidad, historia... mundo real
-¿Qué le aporta la familia a la sociedad? Miembros, equidad generacional, un lugar donde puede vivir ajeno a la lógica de la producción y la utilidad, educación

3. El debate cultural en la arena del derecho
A. ¿Quién tiene derecho al acceso?
-Modelo «adultocéntrico»: 
---Al Estado le interesa que se protejan las libertades, por que tendrá miembros "autoestima-dos".
---Proteger el compromiso de dos adultos que dicen quererse. Da estabilidad
---La heterosexualidad no es relevante por que: ni todo hijo nace de, ni todo matrimonio tiene hijos.
----- Las sociedades se fundan para cumplir unos fines, aunque a veces no los cumplan: un equipo de futbol, o una empresa. Lo importante es organizar toda su actividad en vistas a ese fin.
-----¿Se discrimina a unos por que no se les permite participar de unos fines que buscan las instituciones jurídicas, aunque no tengan los prerequisitos para aquello?

-Modelo paidocéntrico
-El Estado no protege el amor. No tiene por qué.
-Como todo hijo nace de unos padres, y cuando permanecen unidos [Papá-Mamá] + [Padres-Hijos] es más viable y probable que el hijo sea buen ciudadano.
-El problema de un elemento esencial-categórico: si no hijos, no heterosexual. Pues tampoco el amor: no todos los casados lo hacen por amor; nadie otorga un certificado de amor.

-¿Se va a terminar el matrimonio y la sociedad por haber ampliado su significado? No lo sé.
-¿Es una resolución histórica decir que el en el matrimonio  da igual la conyugalidad o no? Para la SCJN -y muchos más- sí, es histórico. Curiosamente para la historia, no da lo mismo: para que haya historia necesito una "siguiente generación" y explicarle por qué es un logro. Para eso necesito conyugalidad para que haya hijos, y unos padres que los eduquen.


-Votos Disidentes:
--Sacan del debate democrático.
--Que lo decidan los estados, no cinco personas
--La dignidad no se afecta con la ley, la libertad sí. El juez debe juzgar si se limita adecuadamente la libertad; en el caso de un tribunal Constitucional, si cuando se firmó, en su sentido originario se entendía que definir conyugalmente el matrimonio era lo adecuado. Y si no dice nada, debatirlo democráticamente

B. ¿Por qué permanecer en ella?
-Caso Serrano Cruz: la formación de la identidad

jueves, 3 de marzo de 2016

Informe de Derechos Humanos en México por la Comisión Interamericana


«Todas las familias felices se parecen. Las desdichadas lo son cada una a su manera. En casa Oblonsky se ha roto la armonía». Estas son las primeras palabras de Anna Karenina, escritas por Leon Tolstoi. Las recordé cuando leí el informe sobre derechos humanos en México que acaba de publicar la Comisión Interamericana (aquí el resumen, aquí el documento completo). 
«El informe analiza la grave crisis de derechos humanos que atraviesa México, con particular énfasis en desapariciones y desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, tortura, así como la situación de inseguridad ciudadana, el acceso a la justicia e impunidad. También aborda la situación de los derechos humanos de algunos grupos poblacionales especialmente afectados por la violencia en el país [...] Y por último "analiza la situación de asesinatos, violencia y amenazas contra periodistas, que ha hecho que México sea considerado como uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo».
El documento pone el dedo en la llaga y señala los desafíos que enfrenta el país en materia de derechos humanos, que son graves y nos llevará tiempo superarlos. Las violaciones de derechos humanos, dice la Comisión, se agudizan en zonas en las que el ejército y la policía federal se ha incorporado a labores de seguridad en zonas de alta presencia de bandas delictivas. Además, el documento reconoce algunos avances en la materia, como la reforma constitucional en derechos humanos del 2011, la nueva ley de amparo, el nuevo sistema de justicia penal, los protocolos de investigación en caso de desaparición forzada, etc.

Me llamó la atención, entre otras cosas, dos tipos de cifras. Unas para despertar y otras para esperanzarse. Los números de la alarma: en nuestro país hay 26,798 desaparecidos. En un año ese número se ha incrementado en 4 mil. Imaginemos que llenamos el estadio Jalisco, y de pronto hacemos desaparecer la mitad de personas. Las cifras de homicidios en este sexenio están en 94,000, casi dos veces el estadio jalisco a toda su capacidad. Uno de los comisionados comentó: «La espiral de violencia e impunidad trae consigo graves consecuencias para el Estado de Derecho en el país. [...] El reto del Estado mexicano es cerrar la brecha existente entre su marco normativo y la realidad que experimenta la mayor parte de sus habitantes cuando buscan una justicia pronta y efectiva».

Y una cifra para la esperanza. Para elaborar su informe, la Comisión se entrevistó con más de 160 organizaciones de la sociedad civil preocupadas por los derechos humanos. Algunos de ellos, son víctimas de la violencia, otro más, colaboradores y luchadores sociales. Si ponemos atención, en México hay muchísimas personas las que no están dispuestas a rendirse a la lógica del "ya qué". Son cientos de personas que han encontrado en la lucha por la dignidad su vocación. En nuestro país hay recursos sociales y de solidaridad que hemos de reconocer y celebrar. Hay cientos de personas que son motivos de esperanza.

Ya se ve que nadie escoge en qué país nacer; y casi nunca elegimos ser víctimas de una injusticia. Lo que está claro es que nadie puede elegir por nosotros como vamos a plantar cara a la crisis humanitaria que enfrenta nuestro país. ¿De qué lado nos vamos a colocar?



jueves, 21 de enero de 2016

La foto, el caso «Lautsi» y los símbolos religiosos en espacio público


Un equipo de fútbol, las Chivas, se tomaron su fotografía oficial de este torneo en la Basílica de Guadalupe. Aunque se distingue más al dueño del equipo que la Guadalupana, la fotografía ha generado cierta polémica sobre el reglamento de la FIFA y de la Federación sobre neutralidad religiosa de sus asociados. En efecto el Artículo 7 del Código de Ética de la Federación Mexicana de Futbol, enfatiza que por respeto a todo mundo, se "deberá mantener una posición neutral ante asuntos de carácter religioso y político".

A mi me parece bien eso de la neutralidad. Pero en los detalles está el diablo, dicen las abuelas. ¿Qué vamos a hacer cuando venga a jugar a nuestro país la selección de Inglaterra? Según el protocolo, debemos escuchar su himno nacional, que como se sabe, es una oración: "¡Dios salve a la Reina!. Además, en su bandera se dibuja una cruz de San Jorge. Estamos ante un símbolo cristiano al que se le se refiere un personaje religioso. Algo similar nos pasaría con Italia, cuyo himno se refiere a Dios como origen y providencia de ese país. Si la neutralidad de la Femexfut se refiere a ausencia de referencias religiosas, entonces habría que olvidarse de invitar a la selección inglesa, italiana o a cualquier otra que se refiera a Dios o contenga símbolos religiosos en sus escudos y banderas.



No vayamos tan lejos, nuestra bandera tiene en su escudo un símbolo religioso: el águila devorando una serpiente es el mensaje y el signo de una intervención de los dioses en favor de nuestros antepasados, los aztecas. Nuestro himno también habla de ángeles, de Dios y de su providencia en nuestro favor. Neutralidad religiosa entendida como ausencia de todo símbolo religioso implicaría quedarnos sin bandera y no cantar el himno mexicano en ningún evento organizado por la FIFA o la Femexfut.

Un problema análogo ya se ha debatido en la Corte Europea de Derechos Humanos. Sólo por elegir uno entre muchos, en el asunto  Lautsi vs Italia, se decidió que la presencia de crucifijos en las aulas de las escuelas públicas italianas no violaba la libertad de creencias de los niños que no cristianos. ¿Por qué? Por una parte, aunque el símbolo tenía su origen religioso, la historia italiana y los valores incorporados al crucifijo eran también símbolo de la cultura e historia de ese país. Por otro lado, junto a ese símbolo pasivo, los padres de familia no se veían impedidos para formar a sus hijos en las creencias de sus preferencias, ni tampoco se veían obligados a profesar una fe determinada. El crucifijo en el aula, aunque de origen religioso, significaba más bien un símbolo de la comunidad a la que pertenecían. 

El tribunal europeo reconocía que la laicidad de un estado no implica necesariamente la ausencia de todo símbolo o referencia religiosa. Porque si así fuera, no decir nada sobre Dios, comportarse como si no existiera o como si no importara en la vida cotidiana, es ya una afirmación ético-religiosa, –el ateísmo o el agnosticismo-,ya se toma postura respecto una creencia particular. Por eso, en Europa, nos encontramos con dos modelos de comprender el estado laico respecto a sus símbolos culturales. Por una parte, el modelo francés en el que laicidad significa la ausencia absoluta de símbolos de origen religioso en la esfera pública. Y al mismo tiempo, del otro lado del canal de la mancha, en Inglaterra, la laicidad se manifiesta en el reconocimiento de símbolos nacionales cuyo origen es una expresión de fe. Ambos respetan tanto la laicidad de los Estados, como su origen cultural.

¿Cómo van a entender la Femexfut el significado de neutralidad religiosa? No los sé. Si deciden por la carencia absoluta de símbolos religiosos, tendrían entonces que vetar la fotografía de Chivas, de olvidarse de la bandera y el himno inglés, y prohibir la bandera y del himno mexicano. Otra opción es seguir el modelo señalado en el caso Lautsi: como la neutralidad absoluta en materia religiosa es imposible, las manifestaciones culturales han de salvaguardar la dignidad de la persona y no imponer sobre ellas el peso desproporcionado del proselitismo activo. Necesariamente, ante el uso de cualquier símbolo habrá quien se sienta molesto, pues la neutralidad absoluta es imposible. O por último, la Femexfut podría colocar el fútbol donde merece estar y esperar a ver si realmente la Virgen de Guadalupe les hace su milagrito, dejarse de tonterías e invitar a los ingleses a jugar en nuestro país. 

Aquí se puede ver el argumento original explicado por el Profesor Joseph Weiler, en su deposición ante la Gran Sala en el caso Lautsi:







jueves, 10 de diciembre de 2015

Empatía y Derechos Humanos


Cuando se elaboraba la Declaración Universal de 1948, el documento que hoy cumple 67 años, los redactores se preocuparon por incorporar en ella los motivos para que cualquier persona se supiera vinculada por estos derechos. Los textos de derechos humanos clásicos, elaborados durante la Revolución Francesa y la Independencia Norteamericana del siglo XVIII, seguían una intuición de Kant. Para ellos cuando los ciudadanos se veían expuestos al goce de su libertad, esta experiencia desencadenaría su deseo de vivir conforme a esa autonomía. De esta forma, los derechos humanos se transformarían en cultura en la media en que el Estado lograra que la mayor cantidad posible de personas pudieran construir su proyecto de vida conforme a sus gustos y deseos.

150 años después, los redactores de la Declaración Universal de 1948, sin negar el valor de la libertad, colocaron el resorte de los derechos humanos en otra experiencia. Una de las versiones preliminares del artículo primero decía que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que por tanto todos debían comportarse como hermanos entre sí. Entonces, el libanés Charles Malik sugirió que se incorporara la palabra razón, por la que nos damos cuenta de esas exigencias de solidaridad. El francés René Cassin apoyó la sugerencia; así redactada, la fórmula  "intenta comunicar la idea que el hombre más humilde de cualquier cultura posee la chispa particular que lo distingue de los animales, y al mismo tiempo lo obliga a una mayor grandeza y mayores deberes que a cualquier otro ser de la tierra".

Por su parte el delegado Chino, propuso incluir una traducción de un término del vocabulario ético de Confucio. Es la palabra es Ren. Se podría traducir como empatía, ponerse en los pies del otro, tratar con humanidad al vecino, o como solidaridad hacia los demás. Es decir, Ren significaría nuestra capacidad de humanizarnos partir de descubrir cuáles son los requerimientos de la dignidad específica de una persona concreta que sólo se hacen realidad a través de mi compromiso solidario con ella. La palabra que propuso para referirse a esta experiencia humana fue conciencia. Así fue como "razón y conciencia" se agregaron al artículo 1, de la Declaración Universal.

De esta forma, si los documentos de derechos humanos del s. XVIII, presuponían que era la libertad la que detonaría nuestro compromiso por ellos; la Declaración de 1948, se centra en la empatía. La diferencia es fundamental. ¿Por qué? Si todo depende de mi libertad, entonces en el fondo, todo se trata de exigir lo que tengo a mi favor y lo que creo que merezco. En un segundo momento, revisaríamos si no dañamos los derechos de otros, pues se supone que nuestra libertad termina donde comienza la de los demás. Este sería el modelo que abandonaron los redactores de la Declaración Universal de 1948. Para ellos, la fuerza motora de los derechos humanos es la experiencia de la empatía. Es decir, para ser capaces de percibir cuáles son nuestros propios derechos, hemos de ser unos expertos en empatía solidaria. Primero conocemos la dignidad y lo que ella significa, cuando buscamos hacer crecer a las personas que nos rodean. Sólo así tendremos entrenado nuestro ojo interior para percibir cuáles son nuestros derechos. Primero somos empíricos, luego descubrimos nuestros derechos.

Para terminar, durante los trabajos de redacción de la Declaración, la UNESCO envió un cuestionario a intelectuales de esa época para preguntarles su opinión sobre los derechos humanos. Mahatma Gandhi envió esta respuesta:
“He aprendido de mi madre, analfabeta pero sabia, que todos los derechos que merecen ser protegidos y preservados nacen del deber cumplido previamente. [...] A partir de este presupuesto fundamental, quizá sea más fácil definir primero los deberes del hombre y la mujer y después correlacionarlos con algún derecho. Derechos sin deberes, es una usurpación por la que difícilmente vale la pena luchar”.


miércoles, 9 de diciembre de 2015

Curso de derechos Humanos en 10 imágenes

Quizá lo más difícil de un profesor es articular los contenidos de sus cursos a partir de las ideas que le dan sentido a los temas. Aquí van en imágenes, las ideas y preguntas que podrían estructurar un curso de derechos humanos:

1. ¿Sirve de algo el estudio universitario de estos temas?  Si de lo que se trata es prepararse para el «mundo real», ¿de qué sirven estas utopías?


2. Lucha por la dignidad. No hay rama del derecho donde se toque con mayor nitidez, el valor de la persona por sí misma.


3. [*Suspiro]. ¿Qué respuesta ofrece el derecho ante esto?


4. Entre la homilía y el mitin (Andrés Ollero dixit). Sí. Uno se mueve en arenas movedizas entre la ética, la política y el derecho. Si no se cuida la retórica de estos derechos, termina uno suplantando al cura o al demagogo.
5. ¿Sobre aire? Si no existe una dignidad real que sustente, oriente y limite los derechos humanos, estos sólo se reducen a la retórica del más fuerte.

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6. Dignidad y «ius». Sin criterios reales para equilibrar las relaciones entre personas, la dignidad se vacía de contenido. Si un concepto sirve para todo, entonces, no sirve para nada. 


7. Autodeterminación y proyecto de vida. ¿De qué sirve una brújula que no marca el norte? ¿Existe el derecho de alguien trans-edad, –una niña de seis años, atrapada en un cuerpo de un adulto de 50 [no es broma]- si esto forma parte de su proyecto de vida? 


8. Un límite impuesto a la fuerza. ¿Puede la lógica de la fuerza ser orientada y controlada por la experiencia de la empatía?



9. ¿Contenido o regla de interpretación?

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10. Los héroes. ¿Quién dijo yo?

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jueves, 15 de octubre de 2015

El Día de la Identidad Problemática


A diferencia de otras fechas, lo que se celebra el 12 de octubre depende en gran medida de lo que significa para nosotros la llegada de Colón en 1492. Unos celebran el Día de la Hispanidad (España),  otros el Día de la Raza (en la mayoría de américalatina); el Día de las Américas, (Uruguay) del Día del Respeto a la Diversidad Cultural (Argentina), el Día de los Nativos Indígenas (algunos estados de USA), etc. 

Aquí va una propuesta más. Esta variedad de significados tal vez se debe a que tiene que ver con nuestra identidad –nos guste o no, somos herederos de aquello- y como toda identidad de persona y cultura no es ajena a la contradicción y al drama. Octavio Paz hablaba de esta tensión en una conferencia dictada en 1991 ("La Democracia: Lo Absoluto y lo Relativo"). Lo decía así:
"Las polémicas en torno al Descubrimiento de América no se han apagado. No voy a examinarlas; me limito a señalar que casi siempre las críticas olvidan lo esencial: sin esas exploraciones, conquistas, acciones admirables y abominables, heroismos, destrucciones y creaciones, el mundo no sería mundo. [...] [Unos] dicen que la Conquista fue un genocidio y la Evangelización una violación espiritual del los indios. [Pero] [i]dealizar a los vencidos no es menos falaz que idolatrar a los vencedores [...]"
Entre los que vinieron a nuestro país, estaban los hambrientos de oro, poder y gloria, pero en ellos había mezclado el anhelo de grandeza, de realizar una misión trascendente y divina. Vivían la tensión de lo espiritual que se hace presente en lo mundano. Otros buscaban hacer evidente en el indígena la imagen común de una dignidad compartida: y por eso construyeron hospitales, aprendieron su idioma, integraron su comida, se adaptaron a su religiosidad, articularon una defensa de los derechos humanos de los indígenas.Vivían la tensión de lo mundano que manifiesta una presencia divina.

Todo encuentro y más si este genera una nueva identidad como la nuestra, es así: problemático, lleno de luces y sombras. Nosotros no somos diferentes. No pretendo resolver la polémica sobre el día de Colón, la raza, etc. Sólo quisiera hacer notar que para resolver las preguntas del tipo «¿quién soy, para qué vine al mundo, cuál es el sentido de mi presencia en la tierra, qué explicación doy de mi mismo?» necesitamos al menos reconocer y poner ante nuestros ojos  aquellas tensiones que forman parte de toda existencia humana: cómo ser libre para ser yo mismo, y al mismo tiempo sin encerrarme en la isla del «mi-mismo»; cómo pertenecer a un grupo social como la familia, los amigos, la cultura, la patria, sin ser absorbido y desdibujado por ella; cómo procurar el desarrollo profesional, y al mismo tiempo alimentar y solidificar la relaciones familiares y de amistad; cómo madurar mis convicciones fundamentales de modo que sirvan eficazmente para orientar mi vida, pero que no impidan aprender de otras que se presentan ante mí, cómo disfrutar de nuestros logros legítimos, sin que ello nos detenga en el pasado de lo ya logrado. 

Todas sobre estas tensiones y contradicciones se escribe nuestra biografía. Por eso, aquí va mi propuesta: como el 12 de Octubre es en el que recordamos que en nuestra identidad cultural ha nacido de forma difícil y contradictoria, también celebremos el Día de la Identidad Problemática. 

jueves, 27 de agosto de 2015

¿Dónde formamos la conciencia? Mi opinión de "Ve y pon un centinela"



He visto con tristeza la noticia de los refugiados abandonados en la carretera con Austria. Entre 20 y 50 personas asfixiadas y dejadas a su suerte dentro de un camión diseñado para transportar animales. Personas que buscan un futuro mejor, que en la lotería de la vida les tocó -parece ser- nacer en Siria.

Había pensado escribir sobre las preguntas que me dejó haber leído Ven y pon un Centinela, la novela de Harper Lee que sería como la continuación -aunque esto está debatido- de la famosa obra Matar a un Ruiseñor. Pero la crisis de los refugiados -¡y de los migrantes que cruzan por nuestro país!- pedía hablar también de eso. 

Uno de los puntos donde estos dos eventos se conectan es la pregutna de la conciencia. ¿Qué tipo de persona es capaz de lucrar con el hambre de la gente? ¿Qué tan bajo se debe caer para abandonar a personas en extrema necesidad, a las que se ha encerrado en un camión para animales? La respuesta parece fácil: hace falta ser alguien malo, maloso, maldito. Un humano que parece más bien monstruo. Pero no es tan sencillo. Hannah Arendt evidenció que una tragedia como el holocausto nazi fue posible por que muchas personas terriblemente normales abandonaron el deber de preguntarse por qué hacen las cosas. Dejaron que un sistemas de clichés y de «ya-qué»s, convirtieran a personas normales en perpetradores de tragedias. La banalidad del mal es en parte eso: que personas normales se conviertan en terribles asesinos por que dejaron de pensar, siguieron instrucciones, y vivían una vida demasiado normal.

En la novela Ven y pon un centinela, Atticus, el que había sido un héroe sin grietas ni fisuras en Matar a un Ruiseñor, es ahora un padre elitista, un racista que esconde sus prejuicios en la bondad paternalista de cuidar a los negros por su incapacidad de salir adelante por sí mismos. La decepción es grande y el conflicto entre el padre y su hija, inevitable. ¿Cómo fue que Atticus traicionó su conciencia? ¿Sólo para no parecer excesivamente raro y conflictivo y poder  cambiar la sociedad desde dentro?

El dilema de Ven y pon un centinela es este: ¿qué tanto es posible seguir a la propia conciencia a costa de sacrificar nuestra participación en la edificación de una comunidad? Es decir, ¿qué pasa cuando por seguir la propia conciencia somos excluidos de una comunidad por parecer raros o diferentes, por no comportarnos como lo hace el resto, o por atentar en contra de alguna tradición? 

Una respuesta del tipo "pues así soy y no me importa lo que piensen los demás", no resuelve el conflicto. El dilema es todavía más complicado. Si lo pensamos bien, hacer realidad los bienes que nuestra conciencia nos pide materializar, muchas veces exige lograr la empatía, solidaridad y adhesión de otros que viven con nosotros. ¿Qué pasa si ellos no están acostumbrados a ver en las acciones que hacemos otro modo legítimo de sumar a la vida social? En esos casos, puedo hacer lo que me parece correcto en conciencia, pero no he de extrañarme que esa acción no genere las adhesiones solidarias que esperamos de la comunidad en la que vivimos. Eso siempre es doloroso, pero pide de nosotros que hagamos lo posible por sumar a otros.

No se trata de decir "pues peor para la sociedad, así soy yo", sino de pensar -no somos átomos aislados, ni tampoco nadie es Robinson Crusoe- ¿cómo lograr a partir de nuestras decisiones en conciencia, despertar al resto de mi comunidad para edificar sociedades más justas? Ve y pon un centinela tiene algunas momentos difíciles y no es tan sólido literariamente. Pero a mi parecer no le podemos negar un gran acierto: poner ante nuestros ojos esa tensión entre conciencia personal y la capacidad de convocar a otros a seguir esos bienes. Es decir la relación entre mi esfuerzo por realizar lo que creo que es digno y la forma en que ese esfuerzo personal genera la adhesión de otros que viven en mi comunidad.

No plantearse esa pregunta, no intentar resolver ese dilema, tarde o temprano nos hace insensibles para percibir las llamadas de la dignidad y hacernos participar de males terribles, siendo en apariencia personas muy normales. 

Para María Elena en Huixquilucan

jueves, 20 de agosto de 2015

Pabellón 13: justicia pendiente para la protección del derecho a la salud.

La foto la tomé de «Fundar» 

Esta semana que en mi estación de radio (Zona 3) celebra su semana de la Salud, hablaré de un caso resuelto por la Suprema Corte de Justicia en otoño pasado sobre la el derecho humano al acceso al mayor nivel posible de salud. 

Los hechos son los siguientes: el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (o INER por sus iniciales) es el instituto de salud que más atiende pacientes con VIH/SIDA en el país. Aún así, no cuenta con un servicio clínico especializado para la atención de pacientes con esta enfermedad. Los enfermos son atendidos en una zona hospitalaria específica, que no cuenta con las condiciones especiales que requieren estos enfermos. En el 2010 se estudió la posibilidad de construir una clínica especializada, pero el proyecto se abandonó dos años después. La autoridad justificó su decisión diciendo: no hay dinero, nimodo.

Entonces, tres pacientes alegaron por la vía judicial la violación a su derecho al más alto nivel posible de salud, reconocido en la Constitución y en tratados de derechos humanos. Dos años después, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que sí existía violación al derecho a la salud, pues los enfermos no eran atendidos en lugares adecuados para el tipo de enfermedad que padecían. 

Hasta aquí todo suena lógico, pero es este punto donde la sentencia se vuelve engañosa y el triunfo de los derechos humanos se atasca en arenas movedizas. La Suprema Corte hace bien en señalar que el carácter adecuado de la atención a la salud es un estándar para medir si el derecho humano se respeta o no. Pero lo que ocasionó la violación lo centró en la falta de justificación de la autoridad sobre el uso de los recursos disponibles. En otras palabras, la causa de la violación -dice la Suprema Corte- fue la falta de pruebas para demostrar que a pesar de el máximo esfuerzo, no les alcanzó para construir o remodelar un espacio para la atención adecuada de este tipo de enfermos. Se violó el derecho a la salud por no demostrar que se esforzaron lo suficiente.

¿Cuál es el problema de todo ello? ¿Cómo debe ser un argumento que justifique que se utilizaron el máximo de recursos? ¿Cómo se justifica que la elección de la remodelación de lo que ya existe contra la construcción de algo nuevo es la forma de utilizar al máximo los recursos limitados? La sentencia no dice qué estándares son los que habrían sido adecuados para demostrar que la elección de una u otra opción es adecuada. Sólo ordena a elegir una opción -remodelar el hospital actual o construir uno nuevo- y demostrar que esa opción es la que aprovecha al máximo los recursos limitados disponibles. 

Es como si un profesor dijera: «elige, tarea o examen. Pero una vez que elijas tendrás que demostrarme que esa opción es la que te representa el mayor esfuerzo posible para aprovechar tus recursos limitados». ¿Cómo sabría el alumno que ha hecho todo lo posible? ¿Cómo podría medirlo el profesor? [1] Este vacío ha generado dificultades para cumplir con la sentencia. Hasta donde sé -yo no llevo el caso-, la autoridad sanitaria decidió remodelar el hospital actual y un juez de distrito ha dado su aprobación a esa solución como la adecuada. Pero los afectados alegan que todavía falta demostrar  razonablemente que esa es la solución que representa el uso máximo de recursos disponibles.

El caso todavía no termina, así que todavía no sabremos si habrá final feliz o no, o más bien cómo es ese final. Lo que sí está claro es la dificultad para proteger por la vía judicial un derecho como la salud cuando lo que se alega es la elección de un camino concreto de varios posibles para aplicar recursos limitados.

[1] Ha corrido mucha tinta sobre los modos de reconocer si se han utilizado los recursos al máximo disponible. Pueden verse trabajos de Tara Melish  algo ya ha dicho el Comité de DESC en sus comentarios generales 3, 9 y 14, y los trabajos de Victor Abramovich dan mucha luz.

jueves, 6 de agosto de 2015

La bomba que no acabó a Bun Hashizume


La CBBC publicó un video con este testimonio de Bun Hashizume, quien sobrevivió a la bomba atómica lanzada sobre Hiroshima. Hoy se cumplen 70 años. Este es su recuerdo que he traducido como narración "desde fuera" para decirlo en el radio. 

Bun Hashizume tenía 14 años y vivía en Hiroshima (Japón). Sobre un árbol contemplaba el mar y soñaba junto a sus amigos como cualquier joven: ¿Qué seremos de grandes? ¿Qué tiene preparado el destino para nosotros? -"¡Escritor!" dijo uno de sus amigos. -"Y yo poeta", respondió Bun

La mañana en que cayó la bomba, recuerda Hashizume, fue como cualquier otro día. Bun se despidió de su madre y fue a trabajar a la oficina de comunicaciones del ejército japonés. La mayoría de los jóvenes peleaban en los campos de batalla y las chicas como Hashizume dejaron la escuela para colaborar con responsabilidades administrativas.

En algún momento de la mañana, se levantó a ver la ciudad desde la ventana del tercer piso cuando vio un resplandor intenso. Pensó que el sol se había desplomado frente a sus ojos. En un instante vio que la luz parecía ahora un arcoiris misterioso y terrible. Fue el momento en que la bomba explotó.

Bun recuerda que quizá perdió el conocimiento. Cuando despertó ya no estaba junto a la ventana. Se había golpeado la cabeza, pero aún así pudo levantarse y salir del edificio. Una mujer le ayudó a ir al hospital. La ciudad estaba en ruinas. Completamente destruida: ya no había edificios de pie, ni niños corriendo en las calles, ni palomas adornando en el cielo. Sólo personas que deambulaban aturdidas, cubiertas de cenizas.

Al día siguiente despertó sin saber la hora. Extrañaba a su madre. Se puso de pie como pudo y caminó a su casa. El fuego todavía ardía en Hiroshima. Cuando se acercó al sitio donde estuvo su casa, vio a lo lejos a tres personas que se acercaban: "¡Eres tu!". Era de su madre. Con ella estaba su hermana y su tía. Su hermano, acababa de morir. Todo parecía un sueño. Era incapaz de entender lo que había sucedido.

Seis años después, Bun dejó Hiroshima. Por años fue incapaz de articular y explicar lo que había sucedido. Fue cuando puso por obra su ilusión de ser poeta y compartir lo que había vivido. La radiación producida por la bomba le produjo enfermedades toda su vida: dolores de cabeza, cansancio crónico. Bun se casó, pudo tener tres hijos y ya tiene cuatro nietos. 
"Hablo con ellos todo lo que puedo -concluye Hashizume-. A pesar de todo no guardo rencor a quienes lanzaron la bomba. Puedo decir que he sido capaz de ver lo increíble que pueden llegar a ser los seres humanos incluso después de haber perdido todo. Sin embargo, no puedo olvidar el hecho que fueron otros seres humanos quienes dejaron caer una bomba atómica sobre otros seres humanos"
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Este es el video. Vale la pena verlo.